ACTUALIDAD JURÍDICA

Consultoría Tirant.

By 11 abril, 2022 No Comments

Consulta

¿Qué proceso se debe seguir si se solicita a una dependencia pública, a través de un oficio y con base al articulo octavo constitucional, que nos otorgue cierta información pero no da contestación en el plazo estipulado?

Respuesta

Es importante mencionar que se deben considerar muchos factores sobre el caso concreto como es el hecho de tomar en cuenta cuál es la dependencia pública de la cual se trata y luego entonces observar su marco jurídico por el cual se debería de conducir , muchas son aquellas que cuentan con leyes orgánicas que establecen los procedimientos así como la sanciones o multas.

Sin embargo de manera general con fines orientativos se tiene que en nuestro sistema jurídico los derechos consagrados constitucionalmente están protegidos por el juicio de amparo (como lo es el derecho de petición), luego entonces la presunta violación del derecho de petición se reclama mediante el juicio de amparo, en el cual se declara si el órgano o servidor público han actuado contra la Constitución y por ende han vulnerado tal derecho.

En el ámbito estatal las peticiones de los gobernados, encuentran protección en los tribunales administrativos, por violación a las obligaciones de los servidores recogidas en las legislaciones, y sobre todo en los ordenamientos administrativos, sin que ello, sea obstáculo para que en caso de no existir un cauce en las instancias jurisdiccionales locales, pueda acudir a los tribunales federales en la demanda de amparo .

Cabe mencionar que todo parte del 8 constitucional asimismo por el artículo 35 de la carta magna de manera extensiva al considerarse parte de un derecho político de los ciudadanos .