Consulta
Información sobre la validez de la declaración fiscal.
Respuesta
La normativa aplicable a la materia establece que la documentación fiscal y la contabilidad deberán conservarse durante un plazo de cinco años, contado a partir de la fecha en la que se presentaron o debió presentarse la declaración fiscal de que se trate.
La validez de la documentación y de la propia declaración dependen directamente de que el contribuyente cumpla con los requisitos formales establecidos, de acuerdo con el tipo de documentación que presenta; es decir, firma electrónica avanzada, formatos o herramientas electrónicas que a su efecto señale el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante reglas de carácter general.
Ahora bien, la propia normativa establece la posibilidad de modificar la declaración que denomina normal y substituirla por una complementaria, la cual dejaría sin efectos la anterior, esto en virtud de que los avances tecnológicos permiten modificar la declaración y volver a presentarla como una nueva. Esto significa que la declaración normal habrá perdido su vigencia y validez, en favor de la nueva. Es muy importante recordar que esta declaración complementaria sólo puede presentarse hasta en 3 ocasiones para el mismo año fiscal. Si se requiriera una cuarta o ulterior declaración complementaria, deberá seguirse un procedimiento específico y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa correspondiente.
Fundamento:
Código Fiscal de la Federación, artículos 6, 28, 32, 48, 76 y 144