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ACTUALIDAD JURÍDICA

Consultoría Tirant.

By 27 junio, 2022No Comments

Consulta

¿Cómo  se inicia el juicio ejecutivo mercantil? ¿Cuál sería el desarrollo?

Respuesta

El juicio ejecutivo tiene lugar cuando la demanda se funda en un documento que tiene aparejada ejecución; tal es el caso de los títulos de crédito, como los pagarés o los cheques.

La normativa aplicable a la materia establece que el actor debe presentar la demanda acompañada del título ejecutivo, a lo cual se proveerá de auto, con efectos de mandamiento en forma, para que el demandado sea requerido de pago, y no haciéndolo se le embarguen bienes suficientes para cubrir la deuda, los gastos y costas, poniéndolos bajo la responsabilidad del actor, en depósito de persona nombrada por este.

La diligencia de embargo se inicia con el requerimiento de pago y de no realizarse el pago, se pedirá al demandado, representante o con quien se entienda la diligencia que señale bienes para garantizar las prestaciones reclamadas.

Hecho el embargo se otorga un plazo de 8 días para realizar el pago de la cantidad reclamada y las costas o a oponer las excepciones que tuviere para ello.

En la audiencia en la que se desahogue la última prueba, el tribunal dispondrá que las partes aleguen, primero el actor y luego el demandado. Concluida esta etapa se citará para sentencia, dentro del plazo de ocho días, siguientes a la citación.

Fundamento:
Código de Comercio, artículos  1391,1392, 1394, 1404 y 1405
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, artículos 150, 151, 152, 153, 154, 155, 165, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193, 194, 195 y 196