Consulta
En el comercio marítimo existe una figura legal que se denomina: DEMORAS. Se entiende cómo demoras a los costos adicionales que se generan por la devolución tardía de los contenedores propiedad de las navieras. Me gustaría conocer alguna legislación o normatividad local o internacional que regule ese concepto en cuanto a la procedencia, responsabilidad de los participantes (consignatario y propietario).
Respuesta
Los INCOTERMS son publicados por la Cámara Internacional de Comercio y regulan el reparto de gastos, transmisión del riesgo y lugar de entrega de las mercancías. Así, se hace una clasificación en cuatro grupos del tipo de relación comercial:
- Grupo C: Con pago del transporte principal;
- Grupo D: Entrega directa en el punto de llegada;
- Grupo E: Entrega directa a la salida; y,
- Grupo F: Sin pago del transporte principal
Fundamento:
International Chamber of Commerce (https://iccwbo.org/resources-for-busine … erms-2020/)
Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos
Código de Comercio
Ley de Vías Generales de Comunicación