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ACTUALIDAD JURÍDICA

Derecho a la accesibilidad y movilidad de personas con discapacidad en el transporte público

By 10 enero, 2022No Comments

Se presentó una iniciativa en la Cámara de Diputados, que pretende reformar el artículo 19 y adiciona un artículo 19 Bis a la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, con el objetivo de garantizar el derecho a la accesibilidad y movilidad al transporte público de las personas con discapacidad.

La adición del artículo 19 Bis establece que el Poder Ejecutivo Federal y los gobiernos de las entidades federativas, promoverán la disponibilidad de recursos para garantizar el derecho a la movilidad. A su vez, generarán en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los mecanismos y fuentes de financiamiento contemplado, entre otros, el Fondo para la accesibilidad en el Transporte Público para las Personas con Discapacidad.

Por otro lado, plantea modificar la fracción II del artículo 19, para cambiar la palabra “promover” por la de “establecer”, con el objetivo de que en la concesión del servicio de transporte público aéreo, terrestre o marítimo, las unidades e instalaciones garanticen a las personas con discapacidad la accesibilidad para el desplazamiento y los servicios, incluyendo especificaciones técnicas y antropométricas, apoyos técnicos o humanos y personal capacitado.

El documento fue enviado a la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables para dictamen.

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