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CURIOSIDADES MUNDO JURÍDICO

Glosario de términos jurídicos para principiantes

By 4 noviembre, 2025No Comments

El mundo del Derecho tiene su propio idioma. Expresiones como “recurso de apelación”, “diligencia”, “jurisdicción” o “providencia” pueden resultar confusas para quienes no están familiarizados con el lenguaje jurídico.

Por eso, conocer un glosario de términos jurídicos para principiantes es el primer paso para entender cómo funciona el sistema legal, interpretar documentos judiciales y comunicarse con claridad ante un procedimiento.

Este glosario está diseñado para que cualquier persona —sin formación jurídica previa— pueda comprender de forma sencilla los conceptos más comunes del Derecho español y su aplicación práctica.

Glosario jurídico básico: de la A a la Z

🔹 A

Abogado:
Profesional del Derecho que asesora, asiste y defiende los intereses de una persona ante los tribunales o en procedimientos extrajudiciales.
📌 Ejemplo: un abogado laboral defiende a un trabajador en un caso de despido.

Alegaciones:
Argumentos y razonamientos que las partes presentan por escrito o verbalmente durante un proceso judicial.

Alzada:
Recurso que se presenta ante un órgano superior para revisar una resolución administrativa o judicial.

Apelación:
Recurso mediante el cual se solicita que un tribunal superior revise una resolución dictada por otro inferior.
📌 Ejemplo: apelar una sentencia civil ante la Audiencia Provincial.

Arbitraje:
Procedimiento alternativo a la vía judicial en el que una o varias personas imparciales (árbitros) resuelven un conflicto entre partes.
📌 Ejemplo: un arbitraje en materia de consumo.

Auto:
Resolución judicial que decide cuestiones relevantes del proceso, pero no pone fin al procedimiento.
📌 Ejemplo: la admisión de una prueba o la adopción de medidas cautelares.


🔹 B

Buena fe:
Principio general del Derecho que exige actuar con honestidad, lealtad y sin abuso en las relaciones jurídicas.
📌 Ejemplo: firmar un contrato obrando de buena fe implica no ocultar información relevante.

Burofax:
Documento que se envía con certificación de contenido y acuse de recibo, frecuentemente utilizado para comunicaciones legales.


🔹 C

Citación:
Acto por el que un tribunal convoca a una persona a comparecer en un juicio o diligencia.

Comparecencia:
Acto formal de presentarse ante una autoridad judicial o administrativa cuando se ha sido citado.

Competencia:
Facultad que tiene un juzgado o tribunal para conocer y resolver un tipo concreto de asunto.

Conciliación:
Procedimiento previo o alternativo al juicio mediante el cual las partes intentan llegar a un acuerdo.

Contrato:
Acuerdo entre dos o más partes que crea derechos y obligaciones recíprocas.

Cosa juzgada:
Principio que impide volver a juzgar un asunto que ya ha sido resuelto por sentencia firme.

Corpus iuris:
Expresión latina que designa el conjunto de normas que forman un ordenamiento jurídico.


🔹 D

Demanda:
Escrito formal mediante el cual una persona inicia un proceso judicial civil o laboral, reclamando el reconocimiento de un derecho o indemnización.

Denuncia:
Comunicación a la autoridad de que se ha cometido un hecho que puede ser delito.

Derecho objetivo:
Conjunto de normas que regulan la convivencia social y son de obligado cumplimiento.

Derecho subjetivo:
Facultad que tiene una persona de exigir algo conforme a la ley.

Dictamen:
Informe técnico o jurídico que emite un experto sobre un tema determinado.

De facto / de iure:
Locuciones latinas que significan, respectivamente, “de hecho” y “de derecho”. Se usan para diferenciar entre lo que ocurre en la práctica y lo que establece la norma.

Diligencia:
Actuación procesal que realiza un funcionario judicial para hacer avanzar el procedimiento (notificar, emplazar, registrar…).


🔹 E

Ejecutar una sentencia:
Llevar a la práctica lo que un tribunal ha resuelto, asegurando el cumplimiento efectivo del fallo.

Embargo:
Retención o inmovilización de bienes de una persona por orden judicial para asegurar el cumplimiento de una deuda.

Erga omnes:
Locución latina que significa “frente a todos”. Se refiere a los efectos generales de una norma o sentencia.

Escrito de contestación:
Documento con el que la parte demandada responde a la demanda presentada en su contra.


🔹 F

Fallo:
Parte final de una sentencia en la que el juez decide el resultado del caso.

Fiscal:
Representante del Ministerio Fiscal, cuya función es promover la acción de la justicia y defender el interés público.

Firmeza:
Condición de una resolución judicial que ya no puede ser recurrida.

Foro competente:
Lugar o tribunal que tiene la competencia territorial o material para conocer de un asunto.

Fuero:
Norma o privilegio jurídico histórico aplicable a determinadas regiones o colectivos.


🔹 H

Habeas corpus:
Procedimiento judicial que protege a cualquier persona detenida ilegalmente, garantizando su inmediata puesta a disposición de un juez.

Hecho imponible:
Situación que genera la obligación de pagar un impuesto.


🔹 I

In dubio pro reo:
Principio penal que establece que, en caso de duda razonable, debe favorecerse al acusado.

In limine:
Expresión que significa “al inicio del proceso” o “en el umbral del juicio”.

Inter partes:
Locución latina que indica que los efectos de una resolución solo alcanzan a las partes que intervinieron en el proceso.

Intervención procesal:
Entrada de un tercero en un proceso judicial en curso.

Iuris tantum / iuris et de iure:
Expresiones latinas que distinguen entre presunciones que admiten prueba en contrario (iuris tantum) y las que no la admiten (iuris et de iure).


🔹 J

Juez o magistrado:
Autoridad que dirige el proceso y dicta resoluciones conforme a la ley.

Jurisdicción:
Poder que tienen los tribunales para conocer, juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.

Jurisprudencia:
Conjunto de decisiones reiteradas de los tribunales que sirven como criterio para interpretar la ley.


🔹 L

Legitimación:
Capacidad legal para intervenir en un proceso judicial como parte demandante o demandada.

Ley:
Norma jurídica aprobada por el Parlamento.

Litis:
Conflicto o controversia que se somete a decisión judicial.

Litispendencia:
Situación en la que un litigio está pendiente de resolución judicial.

Locus standi:
Expresión latina que se refiere a la capacidad o legitimación de una persona para acudir a un proceso judicial.


🔹 M

Medidas cautelares:
Actos judiciales que buscan asegurar el cumplimiento de una futura sentencia (por ejemplo, un embargo preventivo).

Ministerio Fiscal:
Órgano autónomo que actúa en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público.


🔹 P

Parte:
Persona que interviene en un proceso judicial.

Perito:
Experto que emite un informe técnico para aclarar cuestiones del proceso.

Poder notarial:
Documento por el que una persona autoriza a otra para actuar en su nombre.

Precedente judicial:
Decisión anterior que sirve como referencia para resolver casos similares.

Providencia:
Resolución judicial de trámite o gestión.

Procurador:
Profesional que representa a las partes ante los tribunales.

Prueba pericial:
Medio de prueba consistente en el informe de un perito.

Quid pro quo:
Locución latina que significa “una cosa por otra”, usada para referirse a un intercambio o compensación recíproca.


🔹 R

Recurso:
Mecanismo legal para impugnar una resolución judicial.

Rebeldía:
Situación procesal de quien no comparece o no contesta a una demanda.

Resolución judicial:
Cualquier decisión adoptada por un juez o tribunal.

Res judicata:
Locución latina equivalente a “cosa juzgada”, que impide reabrir un proceso ya resuelto.


🔹 S

Sentencia:
Resolución judicial que pone fin al procedimiento y decide el fondo del asunto.

Suplicatorio:
Escrito mediante el cual se solicita formalmente algo a un tribunal.

Sine die:
Expresión latina que significa “sin fecha determinada”.

Subrogación:
Sustitución de una persona por otra en una relación jurídica.


🔹 T

Testigo:
Persona que declara ante el tribunal sobre hechos que conoce.

Tutela judicial efectiva:
Derecho fundamental (art. 24 CE) que garantiza el acceso a la justicia y el cumplimiento de las resoluciones judiciales.

Titularidad:
Condición de ser propietario o titular de un derecho.


🔹 V

Vista oral:
Acto procesal en el que las partes exponen sus argumentos ante el juez.

Voto particular:
Opinión discrepante que emite un magistrado cuando no está de acuerdo con la mayoría de una resolución colegiada.

Vacatio legis:
Periodo entre la publicación de una ley y su entrada en vigor.

Cómo usar este glosario

Este glosario no pretende sustituir la formación jurídica, sino servir de apoyo a quienes se inician en el ámbito del Derecho o se enfrentan por primera vez a un procedimiento judicial.
Puedes usarlo como guía de consulta rápida o como complemento para comprender artículos, sentencias o trámites legales.

Preguntas frecuentes

1. ¿Por qué el lenguaje jurídico es tan complejo?
Porque busca precisión y uniformidad: cada palabra tiene un valor técnico que evita interpretaciones erróneas en los procesos judiciales.

2. ¿Qué diferencia hay entre una denuncia y una demanda?
La denuncia informa de un posible delito ante la autoridad penal.
La demanda inicia un procedimiento civil o laboral para reclamar un derecho.

3. ¿Qué diferencia hay entre juez y fiscal?
El juez decide, el fiscal investiga y acusa en defensa del interés público.

4. ¿Qué significa que una sentencia sea firme?
Que ya no puede recurrirse y debe cumplirse obligatoriamente.

5. ¿Dónde puedo consultar términos jurídicos oficiales?
En el Glosario Jurídico del Consejo General del Poder Judicial o en la RAE, que incluye muchos términos legales reconocidos.

¿Quieres saber más sobre Introducción al Derecho? No te pierdas el próximo post de Tirant, en él hablaremos de los errores comunes al interpretar una ley.