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La sentencia de interdicción judicial es elemento de prueba para demostrar la condición de invalidez en asuntos pensionales

By 19 diciembre, 2022 mayo 2nd, 2024 No Comments

Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo, la Corte Constitucional emitió la sentencia T-390 de 2022 en la que protegió los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso, mínimo vital, la seguridad social y a la vida digna de un hombre declarado interdicto en sede judicial. 

En el caso, la Secretaría Municipal de Educación de Guadalajara de Buga negó el reconocimiento de la sustitución pensional con fundamento en la falta de calificación de pérdida de capacidad laboral del hombre. En particular, la madre del accionante indicó que la decisión vulneraba la Sentencia T-858 de 2014 en la que se indica que la decisión de interdicción judicial acredita el estado de invalidez requerido en el procedimiento de sustitución pensional. 

Ante el caso, la Corte resolvió:

la Corte ha establecido que una entidad encargada de resolver una solicitud pensional vulnera los derechos a la seguridad social y al debido proceso (i) al exigir un dictamen expedido por una junta u organismo de calificación de invalidez como único medio de prueba para demostrar la pérdida de capacidad laboral requerida para acceder a una prestación; o (ii) cuando se abstiene de estudiar si un documento distinto al dictamen de pérdida de capacidad laboral, como por ejemplo una sentencia de interdicción judicial, tiene la virtud de demostrar el estado de invalidez necesario para acceder a la prestación”.

Fuente: corteconstitucional.gov.co