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La Corte Constitucional ordena al Ministerio de Relaciones Exteriores coordinar efectivamente el cumplimiento de fallos internacionales por parte de las entidades estatales

By 11 septiembre, 2023 mayo 2nd, 2024 No Comments

Con ocasión de la acción de tutela promovida por agentes oficiosos en nombre de Juan, un joven desaparecido en agosto de 2022 después de ser detenido por el Ejército, la Corte Constitucional emitió la sentencia T-263 de 2023 en virtud de la cual protegió los derechos fundamentales de Juan y su familia a la vida, la integridad personal y el acceso a la justicia. Adicionalmente, protegió su derecho fundamental al debido proceso, en consideración del incumplimiento de las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tras conocer el caso. Al respecto, la Corte hizo referencia a la reiterada jurisprudencia de dicho tribunal, según la cual “el derecho fundamental al debido proceso se ve lesionado cuando el Estado desacata una medida cautelar porque la priva de sus efectos materiales”.

Adicionalmente, reconoció el estado de vulnerabilidad de los familiares del joven desaparecido, debido a la incertidumbre por el desconocimiento sobre la situación de su ser querido y a las amenazas que han recibido para desincentivar su búsqueda. En consecuencia, determinó que se ha transgredido los derechos de los accionantes a no ser sometidos a tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Con relación al incumplimiento de las medidas ordenadas por la CIDH, la Corte encontró que el Ministerio de Relaciones Exteriores omitió el cumplimiento de sus funciones, y ordenó una coordinación efectiva entre las entidades estatales a fin de dar cumplimiento integral y oportuno de las medidas cautelares adoptadas por dicho órgano. Así mismo, ordenó la implementación de métodos de coordinación que permitan la creación de un plan efectivo que contemple soluciones completas y permanentes. Esto incluye, de manera destacada, la establecimiento de un único proceso de asistencia tanto para los familiares del desaparecido como para otras personas desaparecidas en general.

La Corte enfatizó la importancia de proteger a los beneficiarios de medidas cautelares y conminó a la UNP a tomar medidas para proteger a la familia de Juan. Además, señaló que la Fiscalía General de la Nación no cumplió con su deber de proteger a las víctimas y las incorporó en el programa de protección a víctimas. La omisión de este deber se consideró una vulneración del derecho a un recurso judicial efectivo.

Finalmente, la Corte instó a la Procuraduría General de la Nación a impulsar la investigación y supervisar el cumplimiento de las órdenes de la sentencia, y a la Defensoría del Pueblo a realizar recomendaciones a las autoridades.

Fuente: corteconstitucional.gov.co