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Corte Constitucional declara inconstitucionales las contribuciones especiales a cargo de prestadoras de servicios públicos domiciliarios

By 3 noviembre, 2020 No Comments

Las contribuciones pretendían financiar los gastos de funcionamiento de las comisiones de regulación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

La Corte Constitucional estableció que los artículos 18 y 314 de la Ley 1955 de 2019 vulneran el principio de unidad de materia, al igual que el principio de legalidad del tributo. Se considera que las disposiciones no tienen conexidad directa e inmediata con el Plan Nacional de Desarrollo, ni contaron con la motivación suficiente para modificar el régimen tributario de los servicios públicos domiciliarios. Así mismo, no va en conformidad con el principio de legalidad que requiere que los órganos colegiados de representación popular establezcan directamente los elementos del tributo. Esta decisión tendrá efectos a partir del 1º de enero del 2023.