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Corte Constitucional declara inconstitucional una de las fuentes de financiación del Sistema de Residencias Médicas

By 24 noviembre, 2020 No Comments

La Corte Constitucional declaró inconstitucional el numeral tercero del artículo 8 de la Ley 1917 de 2018. La norma establece como una fuente de financiación del Sistema de Residencias Médicas, los excedentes del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC), descontando el pasivo de las cajas de compensación que administren programas de salud.

La Sala explicó que la disposición legal constitucionalmente impugnada, no se ajustó y, por el contrario, vulneró el principio democrático, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 de la Constitución Política. Debido a que la introducción de esta fuente de financiación en el cuarto debate en la plenaria del Senado implicó un vicio de procedimiento insubsanable que condujo a su inconstitucionalidad.

Fuente: corteconstitucional.gov.co