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Corte Constitucional aborda la acción de tutela como mecanismo de protección definitivo en defensa de la vida y la integridad de los líderes y defensores de DDHH

By 11 noviembre, 2020 No Comments

En sentencia T-439/20, la Corte reiteró que la jurisprudencia constitucional ha afirmado que la acción de tutela es procedente para invocar la protección de los derechos a la vida, a la seguridad personal, a la integridad física y al debido proceso administrativo.

El fallo reconoció que los actos administrativos son susceptibles de ser controvertidos mediante la acción de nulidad y restablecimiento del derecho e, incluso, es posible la solicitud de medidas cautelares. Sin embargo, la Corte estableció que dado el creciente escenario de victimización contra líderes y defensores de derechos humanos resulta irrazonable exigir a estas personas que expongan su caso ante el juez contencioso, cuando lo que se encuentra en discusión es la vida misma.

Así mismo, consideró que la UNP sí vulneró el derecho fundamental al debido proceso de Henry Torres (quien instauró la tutela), al proferir decisiones insuficientemente motivadas y al abstenerse de tomar los correctivos necesarios.

Fuente: corteconstitucional.gov.co