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Consejo de Estado negó acción de nulidad interpuesta por Colombina S.A.

By 18 mayo, 2022 No Comments

En ejercicio de la acción de nulidad, la sociedad Colombina S.A., demandó algunas resoluciones expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en las cuales la entidad le concedió el registro de la marca SPLENDA (mixta) a la sociedad McNeil PPC Inc., para distinguir “azúcar, endulzadores de azúcar de bajas calorías o substitutos del azúcar”, productos incluidos en la Clasificación Internacional de Niza.

Para la accionante, la SIC registró un signo que no gozaba de distintividad pues la marca SPLENDID tiene registro de hace muchos años y distingue, entre otros productos, los mismos que incluye la Clasificación Internacional de Niza, razón por la cual, la composición nominativa de los signos establecía una semejanza. 

La Sección Primera del Consejo de Estado, con ponencia del consejero Roberto Serrato, admitió que entre las marcas existe similitud gramatical, visual, fonética y conceptual, pero no están dirigidos al mismo público ya que sus finalidades son distintas,“mientras  la marca cuestionada Splenda está busca conquistar las preferencias de personas que pretenden ingerir productos bajos en calorías, Splendid identifica productos como el pan, pasteles, confites, entre otros productos de alto contenido calórico”

En consecuencia, negó las pretensiones de la demanda al considerar que no existe riesgo de confusión o asociación que afecte los principios de la Comunidad Andina de Naciones, específicamente, los que dispone la Decisión 486. 

Fuente: consejodeestado.gov.co