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Bonificación judicial que reciben servidores de la Fiscalía General de la Nación constituye factor salarial

By 8 junio, 2022 No Comments

A través del ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, una funcionaria de la Fiscalía General de la Nación solicitó declarar la nulidad del acto administrativo expedido por la entidad a través del cual le negó la liquidación y el pago de la bonificación judicial. 

En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca negó las pretensiones y afirmó que la demandante se había acogido al régimen anterior al Decreto 53 de 1993, que se rige por el Decreto 875 de 2012, y no podía pretender que la bonificación tuviese naturaleza salarial, ya que antes de dichas normativas, aquella estaba excluida del salario. 

Una vez recurrida la decisión, el Consejo de Estado avocó conocimiento y determinó que la bonificación judicial que reciben los servidores de la Fiscalía sí constituye salario, hace parte de sus prestaciones sociales y debe ser pagada a los servidores no acogidos al Decreto 53 de 1993 que, a su vez, integra el régimen del Decreto 839 de 2012 y aquellos que lo sustituyan o modifiquen. 

En consecuencia, el Alto Tribunal ordenó a la Fiscalía “reliquidar las primas de servicios, navidad, vacaciones, productividad, bonificación, cesantías y los intereses a las cesantías con la inclusión de la bonificación judicial como factor salarial de los últimos tres años de la reclamante”.

Fuente: consejodeestado.gov.co