El TS considera que utilizar objetos no similares a monedas legales no es susceptible de considerarse como delito de falsificación de moneda.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo absuelve de delito de falsificación de moneda a un hombre que utilizó piezas similares para estafar 5.000 euros a máquinas expendedoras.
El hombre utilizaba piezas metálicas similares a las monedas, las introducía en las máquinas expendedoras de billetes de metro, y posteriormente anulaba la operación para obtener la devolución, en este caso, le devolvía monedas de dos euros en curso legal. Además, esta acción se repitió por más de 2.500 veces, motivo por el cual se estima que la cantidad defraudada corresponde aproximadamente a 5.000 euros.
En primera instancia, la Audiencia Provincial le condenó por delito de falsificación de moneda en concurso medial con estafa. A pesar de aplicar atenuantes por dilaciones indebidas, le condenó a 6 años y 6 meses de prisión. Dicha pena fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia.
Consideraciones del Tribunal Supremo
El Supremo establece la absolución del delito de falsificación de moneda, pero mantiene el delito de estafa, rebaja la pena a 4 meses de prisión.
El motivo de la absolución radica en que, según expone el tribunal «al margen del grosor y el diámetro que pudiera corresponder al de las monedas de dos euros, la apariencia de las piezas metálicas utilizadas en la defraudación excluye el más mínimo riesgo de confusión con una moneda de curso legal». La pena contemplada para el delito de falsificación de moneda reviste de especial penalidad (de 8 a 12 años de prisión), exige que se trate de una imitación aceptable de la moneda real, que pueda provocar engaño en una persona media. En la medida que dichos objetos tengan posibilidad de utilizarse como instrumento de pago, se considerarán una falsificación.
En el caso concreto, el tribunal asimila más bien las piezas utilizadas a fichas de feria, nada similar a las monedas en curso legal. Las piezas no podían provocar engaño en las personas, se limitaba a «engañar» a las máquinas. Este es el motivo por el que el tribunal considera que los hechos no corresponden con los previstos en el delito de falsificación de moneda. Determina que dicha acción queda absorbida por el delito de estafa.
Otras noticias de interés: