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ACTUALIDAD JURÍDICA

TSJ reconoce incapacidad permanente absoluta a una empleada por no cumplir con los mínimos exigibles para trabajar

By 13 diciembre, 2022No Comments
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Confirma la incapacidad permanente absoluta a una trabajadora con fibromialgia y temblores impeditivos para desempeñar sus labores en el puesto de trabajo de forma eficaz. [TOL9.307.768]

La trabajadora inició situación de incapacidad temporal por enfermedad común por dolores, que derivó en una incapacidad permanente total que le impedía seguir desempeñando su trabajo habitual.  Este reconocimiento no le resultó suficiente, la base reguladora de la pensión por incapacidad permanente total es menor al 100%. Además, simplemente implica que no puede desempeñar las labores de su puesto de trabajo habitual, pero si existe otro trabajo que pueda realizar sin estar limitada por los síntomas puede realizarlo. La trabajadora considera que no está capacitada para poder desempeñar ningún tipo de trabajo, y, en consecuencia, solicita la declaración de incapacidad permanente absoluta.

A partir de estos hechos, formuló demanda contra la Tesorería General de la Seguridad Social y el INSS, ya que, «se consideró que la actora se encontraría limitada para tareas que requieran esfuerzos físicos intensos, fuerza y destreza miembros superiores, carga de pesos y deambulación prolongada, por lo que no podría llevar a cabo su profesión habitual, pero conserva una capacidad laboral de carácter residual que le permite realizar todas aquellas actividades que no tiene contraindicadas». Pese a dicha información, otros informes médicos diagnostican a la empleada de fibromialgia y temblores, enfermedad que en su caso le impide realizar esfuerzos mínimos, con dolor generalizado y cansancio invalidante. La parte demandante se acoge a estos últimos hechos para solicitar la incapacitación absoluta.  La LGSS establece que se da en los casos de impotencia para el ejercicio útil de cualquier actividad.

La doctrina jurisprudencial establece que no es suficiente con la posibilidad de ejercer sus labores, sino que debe poder hacerlo bajo unas condiciones mínimas de «profesionalidad, rendimiento y eficacia». Requiere además que se adapte al ritmo de trabajo de la empresa, el trabajador debe poder ofrecer unos rendimientos socialmente aceptables.

Fallo del tribunal

El caso concreto está ligado a la actividad administrativa, que en sí no requiere de esfuerzos físicos intensos, pero aún así presenta un mínimo de carga física que la actora no debe soportar.

Es por este motivo que la Sala falla a favor de la demandante, declarando su incapacidad permanente absoluta. Con dicha condición obtiene el derecho a una pensión vitalicia equivalente al 100% de la base reguladora. Además, no podrá ejercer ningún tipo de actividad laboral, ni en su puesto de trabajo ni en cualquier otro.

 

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