El Consejo de Ministros ha aprobado un RDL que contiene un conjunto de medidas sociales que tienen por objeto evitar situaciones de desprotección en colectivos vulnerables.
Se introduce una modificación en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, en relación con la protección de nivel asistencial por desempleo de las personas trabajadoras fijas discontinuas, para garantizar el acceso de este colectivo a los subsidios por desempleo en las mismas condiciones y con los mismos derechos que se aplican al resto de personas trabajadoras.
El impulso de la contratación indefinida y, en particular, del contrato fijo discontinuo, será compatible con protección asistencial por desempleo de los actuales beneficiarios del subsidio para personas desempleadas mayores de 52 años, quienes, de otra manera, verían extinguidos sus subsidios en cuanto accediesen a una relación laboral de carácter fijo discontinuo.
La equiparación plena de las personas trabajadoras que disfruten de contratos fijos discontinuos a la protección que gozan las personas trabajadoras con contratos indefinidos. Se estima que beneficiará a unas 18.000 personas cada mes.