Contra los arts. 1.2. j. 3. y 16 de la Ley de Cataluña 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista
El TC ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular contra los arts. 1.2. j. 3. y 16 de la Ley de Cataluña 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
Acuerda dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado, al Gobierno, así como al Parlamento de Cataluña y al Gobierno de la Generalitat de Cataluña para que puedan personarse y formular las alegaciones.
Los recurrentes consideran que varios preceptos de la ley catalana contravienen artículos de leyes orgánicas vigentes, por lo que se vulnera la reserva de ley orgánica del art. 81 CE. Además, añaden que se ha podido invadir determinadas competencias exclusivas del Estado, en relación con el tratamiento otorgado a las personas transgénero.
Fuente: Prensa TC