Una serie de instrucciones, por lo acaecido en La Palma, respecto de la prestación de servicios por parte de los LAJS
Debido a los acontecimientos privados por la erupción del volcán de Cumbre Vieja (La Palma), la Secretaría General para la Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia comunica una serie de instrucciones respecto de la prestación de servicios por parte de los LAJS:
- El Servicio de Guardia se prestará en la forma habitual, acudiéndose a los turnos de sustitución ordinaria si fuere necesario para cubrirlo.
- Se recomienda que los letrados de la Administración de Justicia prioricen el uso de los medios telemáticos disponibles para la realización de todas aquellas actuaciones judiciales en las que esto sea posible.
- Se recomienda que presten especial y pronta atención a las solicitudes de interrupción de los plazos y demora de los términos en caso de fuerza mayor que impida cumplirlos (artículo 134 de la Ley Enjuiciamiento Civil) y a las peticiones de suspensión del proceso por acuerdo de las partes (artículo 179 de la misma Ley).
-
Estas medidas iniciales se mantendrán en tanto persista la situación excepcional acaecida como consecuencia de la activación del volcán, a la espera de su evolución y en tanto no sean sustituidas por otras distintas.