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ACTUALIDAD JURÍDICA

El TJUE admite a trámite la cuestión prejudicial sobre las órdenes europeas de detención

By 5 mayo, 2021No Comments

Con ocasión de las órdenes Europeas de los procesados declarados en rebeldía en la Causa Especial 20907/17 de la Sala Segunda

 

La Secretaría del TJUE ha comunicado al TS que se admite la tramitación de la Cuestión Prejudicial planteada con ocasión de las Órdenes Europeas de detención de los procesados declarados en rebeldía en la Causa Especial 20907/17 de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (Asunto Prejudicial C-158/21 Lluis Puig Gordi e.a.).

El Presidente del TJUE ha acordado que se aplique el procedimiento ordinario, no dando curso a la solicitud de que se tramite por el procedimiento acelerado (difiriendo con lo que ocurrió con Junqueras).

¿Cuáles son las diferencias entre procedimiento ordinario y abreviado?

En el abreviado, por razones de urgencia, se reducen los plazos de traducción a los distintos idiomas de la Unión, y el Presidente del TJUE puede invitar a los interesados a que limiten sus escritos de alegaciones o sus observaciones escritas a las cuestiones de Derecho esenciales suscitadas por la petición de decisión prejudicial. Por último, el plazo para remitir las observaciones en el Procedimiento Acelerado, no pudiendo ser inferior a 15 días, sí puede establecerse de una duración inferior a los dos meses que establece el Procedimiento Ordinario.