En relación a la prestación de servicios sociales, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado en una reciente sentencia la validez del decreto del Consell de 2017. Este decreto es controversial ya que establece que solo entidades sin ánimo de lucro, como fundaciones y asociaciones, pueden acceder a los conciertos para la prestación de servicios sociales, excluyendo a las empresas.
El tribunal admite parte del recurso presentado por la ASADE sobre los conciertos para la prestación de servicios sociales
A pesar de esta afirmación, la corte sí ha admitido parte del recurso presentado por la Asociación Estatal de Entidades de Servicios de Atención a Domicilio (ASADE). Han anulado un artículo y fragmentos de otros tres artículos del decreto al considerarlos contrarios al Derecho de la Unión Europea, específicamente cuando el valor de los conciertos alcanza o supera los 750.000 euros.
El TSJCV basó su decisión en una sentencia anterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta sentencia señalaba que las entidades privadas sin ánimo de lucro tienen la potestad de firmar acuerdos para la prestación de servicios sociales, siempre que se mantenga la transparencia y se busque la solidaridad y eficiencia presupuestaria.
Varios aspectos del decreto en cuestión no se alinean con el derecho de la UE
Sin embargo, varios aspectos del decreto en cuestión no se alinean con el derecho de la UE. Por ejemplo, algunos criterios de selección y las duraciones propuestas para los contratos no coinciden con las directrices europeas. Asimismo, en casos donde los conciertos superen los 750.000 euros, su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana no es suficiente según las normas europeas sobre contratación pública.
Finalmente, el TSJCV aplicó la misma lógica de su sentencia a otras decisiones relacionadas con asociaciones empresariales en el ámbito de la prestación de servicios sociales y dependencia. Es posible que estas sentencias sean recurridas ante el Tribunal Supremo.
Al centrarnos en la prestación de servicios sociales, continuaremos monitoreando y actualizando sobre las evoluciones legales y cómo afectan a las entidades y empresas del sector.