Según la Magistrada no existe ninguna manera menos restrictiva de los derechos fundamentales que imponer el internamiento de forma obligatoria
Hechos:
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Aranda de Duero recibió una llamada del Hospital en la que el personal sanitario comunicó que una paciente, ingresada con neumonía por Coronavirus SARS coV-2, solicitaba el alta voluntaria con el consiguiente peligro que ello podría representar para la salud pública.
La juez dio traslado del asunto al Ministerio Fiscal, que emitió un informe favorable. El Juzgado acordó esa misma tarde mediante un auto la ratificación del ingreso hospitalario involuntario de la paciente, acordado por la administración sanitaria. Además, requirió al hospital para que informara cada 15 días de la situación de la paciente, del cambio de centro hospitalario, así como del alta una vez concluya el ingreso hospitalario involuntario.
La resolución fue remitida posteriormente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Burgos, competente en este tipo de asuntos, que tomó conocimiento de la ratificación por si surgieran nuevas vicisitudes en un futuro.
Fundamentación:
Internamiento obligatorio
Laa medida, según el Juzgado, se configura como urgente, dado que el transcurso del tiempo puede provocar un mayor número de contagios si se marcha a su casa con alta voluntaria como pretende, así como el peligro que corre su vida al necesitar de oxígeno.
y dada la negativa a permanecer ingresada, y el problema de salud pública que puede provocar, no existe ninguna manera menos restrictiva de los derechos fundamentales que imponer el internamiento de forma obligatoria y con la intervención, en su caso, de los cuerpos y fuerzas de seguridad”.
Esto es debido a que el Covid es una enfermedad con un índice de contagio muy alto y potencialidad para provocar graves problemas de salud e incluso la muerte: por ello la medida es necesaria.
Evitar más contagios
Toda vez que con esta medida se intenta evitar el contagio a otras personas, siendo que en su domicilio no sería posible respetar el aislamiento necesario para evitar otros contagios teniendo en cuenta para ello su edad, su situación de dependencia al oxígeno y que necesitaría la ayuda de terceras personas para las actividades básicas diarias:
“Por todo ello y siendo el ingreso hospitalario involuntario (con aislamiento) decidido para evitar una propagación a otros ciudadanos, respondiendo lo acordado a un criterio médico adecuado y justificado para evitar la propagación y protección de la salud pública es por lo que ha de ratificarse la decisión sanitaria”