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ACTUALIDAD JURÍDICA

Sobre el proyecto de reforma de las condiciones de acceso y ejercicio de la abogacía y la procura

By 8 julio, 2021No Comments
Supresión del impuesto sobre el Patrimonio

Establecería el acceso único a las profesiones de la abogacía y de la procura

 

Proyecto de Ley por la que se modifican la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, así como determinadas disposiciones contenidas en la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, y el Real Decreto-ley 5/2010, de 31 de marzo, por el que se amplía la vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal

 

Con la entrada en vigor de esta norma la reserva de actividad para el ejercicio de la procura se flexibilizaría, permitiendo a los profesionales de la abogacía ejercer como procuradores, aunque no de forma simultánea.

De esta forma, se modificaría la Ley 34/2006, de 30 de octubre estableciendo el acceso único a las profesiones de la abogacía y la procura. ¿Cuáles serían los requisitos?:

  1. Título académico: Licenciatura o Grado en Derecho
  2. Máster común con evaluación final, un mismo título habilitan para ambas profesiones

Se mantendría lo dispuesto en la LEC y LOPJ respecto a la incompatibilidad, siempre que sea un ejercicio simultáneo entre las profesiones de la procura y de la abogacía.

Se abordaría la reforma de la Ley de Sociedades Profesionales, con el fin de habilitar en ellas el ejercicio mutidisciplinar de ambas profesiones, y para poder ofertar un servicio integral. Así, se autorizaría que estuviesen integrados en una misma entidad profesional. Si bien, los estatutos de las sociedades deberán garantizar que se actúe con independencia y autonomía.

En definitiva, será posible demandar y ofrecer, mediante una única sociedad profesional, los dos servicios que requiere la defensa en juicio de los derechos recibiendo una atención integral sin merma alguna de la independencia de cada uno de los profesionales que la componen.