Es una medida idónea, necesaria y proporcionada
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN ha autorizado el adelanto del cierre del ocio nocturno a la una de la madrugada.
Se trata, según la Sala, de una medida idónea, necesaria y proporcionada para contener la propagación del coronavirus.
Así, tiene en cuenta que gran parte de la población, sobre todo los jóvenes, no está vacunada y por la relación entre los contagios y el ocio nocturno, una vez concluido el curso escolar y con las medidas de autoprotección que han sido relajadas.
Además, atendiendo al informe del Instituto de Salud Pública de Navarra, la variante Delta ha pasado a ser la dominante, con más de la mitad de los casos y, en adición, esa variante se asocia con una mayor probabilidad de ingreso hospitalario, mayor transmisibilidad y cierto grado de evasión al efecto de la vacuna.