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ACTUALIDAD JURÍDICA

El banco asumirá las costas de procedimiento cuando se declare la nulidad de una cláusula abusiva

By 21 marzo, 2023No Comments
modificación del código civil

El Tribunal Supremo impone la obligación del pago de las costas a los bancos, en supuestos en los que se haya declarado la nulidad de cláusulas abusivas. [TOL9.437.215]

La STS 288/2023, de 22 de febrero, permite asegurar que los consumidores afectados por las cláusulas abusivas no tengan que pagar los costes del proceso, incluso en el caso de que no se haya concedido la restitución de las cantidades derivadas de la nulidad. El pago de las costas lo asumirán los bancos.

Vincula esta decisión a la aplicación del principio de no vinculación y de efectividad del Derecho Europeo.

El juzgado de primera instancia estimó la demanda interpuesta por la prestataria contra  Caja Laboral Popular, con motivo de la nulidad de una cláusula de gastos e intereses moratorios. Declaró la nulidad de la cláusula, además, ordenó la restitución de las cantidades e impuso las costas del procedimiento al banco.

La Audiencia Provincial, por su parte, estimó parcialmente el recurso de apelación, por lo que, en lo referido a la condena en costas, quedó sin efecto. La Sala justifica su decisión en lo dispuesto en el art. 398 de la LEC, que deja sin efecto la condena en costas cuando se estima el recurso total o parcialmente.

Por tal motivo, la demandante acude ante el Tribunal Supremo en recurso de casación e infracción procesal.

Decisión del Tribunal Supremo

Para decidir sobre el asunto concreto, el Supremo acude a lo dispuesto por la Directiva 93/13/CE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores y el artículo 8 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios. En este sentido considera oportuna la imposición de costas, en aplicación del principio de no vinculación y de efectividad del Derecho Europeo. De esta manera, corresponde al banco que impone la cláusula abusiva la obligación de hacerse cargo de las costas del procedimiento.

El Supremo decide estimar el recurso de casación y anular la resolución de la Audiencia Provincial. Condena en costas a la entidad bancaria, al tratarse de un contrato celebrado con consumidores y usuarios.

 

 

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