Supone la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
Ley Orgánica 10/2021, de 14 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para reconocer el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional al Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela (Alicante/Alacant) y Pueblos de su Marco y al Tribunal del Comuner del Rollet de Gràcia de l’Horta d’Aldaia. TOL8674319
Les Corts reconocieron los méritos históricos y el derecho del Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela y Pueblos de su Marco a que se le conceda el carácter de tribunal consuetudinario.
Por ello, instaron al Consell a que se dirigiese al Gobierno para que se reconociese el carácter consuetudinario de este Tribunal.
En la XII Legislatura, y por unanimidad, ya se tomaron en consideración en el Senado sendas Proposiciones de Ley de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, a instancias de Compromís, para reconocer el carácter consuetudinario y tradicional de estos tribunales.
Finalmente, se ha producido la modificación de la LOPJ. Así:
Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Se añaden dos nuevos apartados 5 y 6 al artículo 19 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con la siguiente redacción:
«5. Se reconoce el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional al denominado Juzgado Privativo de Aguas de Orihuela y Pueblos de su Marco.
6. Se reconoce el carácter de tribunal consuetudinario y tradicional al denominado Tribunal del Comuner del Rollet de Gràcia de l’Horta d’Aldaia.»