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ACTUALIDAD JURÍDICA

Ley 6/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil

By 29 abril, 2021No Comments

 

 

¿Qué novedades atrae?

  • Definitiva apuesta por la figura del letrado de la Administración de Justicia como Encargado, al tratarse de un cuerpo superior jurídico de dilatada experiencia en este campo.
  • La regulación inicial del código personal, no demasiado clara, parecía asignar directamente el número del Documento Nacional de Identidad (DNI) a los nacidos, como número personal que ya permanecería invariable. Sin embargo, se ha observado que ese sistema no era el adecuado, debido a que en el frecuente supuesto en que personas con nacionalidad extranjera sean objeto de alguna inscripción en el Registro Civil (sea en el momento de su nacimiento o sea posteriormente, en el momento de su matrimonio, de su defunción, etc.) no disponen de DNI, por lo que la asignación debía contar con todos los supuestos existentes en la realidad. Por ello, se prevé la asignación de código personal por el sistema informático del Registro Civil con la colaboración del Ministerio del Interior en su confección, al cual se asociará de forma inmediata el número del DNI cuando la persona tenga nacionalidad española, o cualquier otro documento identificativo oficial en otro caso, siendo invariable durante toda la vida del sujeto.
  • Se modifica la regulación de la firma electrónica empleada en el funcionamiento del Registro Civil.
  • Se agilizan de los procedimientos de cambios de apellidos e incluso de identidad, en supuestos de violencia machista.