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ACTUALIDAD JURÍDICA

LA UE aprueba el Reglamento de Mercados de Criptoactivos (MiCA)

By 25 abril, 2023No Comments
reglamento de mercados de criptoactivos

El Parlamento Europeo ha aprobado el Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos y por el que se modifica la Directiva (UE) 2019/1937.

El pasado 20 de abril, el Parlamento Europeo aprobó el Reglamento de Mercados de Criptoactivos, o MiCA (Markets in Crypto Assets). El objetivo es establecer un marco normativo eficaz para la protección de los consumidores y usuarios de criptoactivos, además de mejorar la competitividad en el mercado y evitar el abuso dentro del mismo.

Hasta el momento, cada estado miembro establecía su propia normativa en relación a los criptoactivos, sobre todo los más conocidos, como el bitcoin. La regulación nacional no resultaba suficiente, además de haber disparidad entre estados, por lo tanto, el resultado es una normativa confusa y dispersa.

La nueva normativa pretende proporcionar información fiable y transparente sobre la adquisición de criptoactivos, a través de un marco jurídico uniforme y vinculante para todos los estados miembros de la Unión Europea. Se trata de una de las primeras regulaciones a nivel supranacional en la materia.

¿Qué regula el reglamento?

El reglamento pretende regular cualquier «representación digital de valor o derechos que puede transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registro descentralizado o una tecnología similar» (artículo 1.2) del Reglamento), por lo que incluye tanto las criptomonedas, como stablecoins y tokens

Los proveedores de criptoactivos deberán cumplir con ciertos requisitos para poder comercializar, de manera que se reduzcan los riesgos y se ofrezca un adecuado asesoramiento a los usuarios. Así, para poder promocionar un criptoactivo, las empresas deberán publicar un documento técnico que contenga las características del activo, así como sus derechos y obligaciones. 

Por otro lado, la normativa establece que cada estado miembro será responsable de establecer los órganos que supervisen la emisión y venta de los criptoactivos.

Entrada en vigor

Pese a la aprobación del Reglamento por parte del Parlamento Europeo, es necesaria la aprobación formal por parte del Consejo. A partir de la misma se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea, y entrará en vigor a los 20 días de su publicación. Sin embargo, debemos tener en cuenta que será aplicable a los 18 meses de su publicación en el DOUE, salvo lo referido a la normativa sobre e-money tokens y tokens referenciados a activos, que se aplicará a los 12 meses.

 

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