Skip to main content
ACTUALIDAD JURÍDICA

Incluir a consumidores en ficheros de solvencia patrimonial sin acreditar el riesgo de morosidad se considera práctica abusiva

By 10 enero, 2023No Comments
advertencia previa para fichero de morosos

Un juzgado de Pontevedra declara abusivas las prácticas de Orange: incluir a consumidores en ficheros de solvencia patrimonial por oponerse a deudas tras la extinción del contrato (con motivo de baja o cambio de compañía).

Generalmente, se trata de situaciones en las que el cliente se opone al pago sin estar previamente incluido en ficheros de solvencia patrimonial, ni haber incumplido sus obligaciones dinerarias, ni haber demostrado su insolvencia. No se ha determinado el riesgo de morosidad ni se ha reclamado el impago judicialmente, por lo que, no existe un motivo real para dudar de su solvencia.

El juez ordenó el cese de las prácticas abusivas, así como la imposición de multas coercitivas en caso de reiteración (60.000 euros por cada una) y la publicación de la sentencia en el periódico más leído, ya que afecta a consumidores de toda España, por lo que se debe informar para que puedan tomar acciones.

La sentencia dispone que la empresa incluye a los clientes en los ficheros de morosos «por el mero hecho de negarse al pago de una cantidad facturada, independientemente del motivo de la oposición al pago». Además, se trata de una práctica habitual, no tiene en cuenta si el cliente es realmente insolvente. Incluye a aquellos clientes cuya razón de impago es la prestación de servicios defectuosa por parte de la empresa. Al tratarse de facturas telefónicas, generalmente son deudas de escasa cuantía, pueden ser abordadas por el cliente. La inclusión en los ficheros resulta desproporcionada.

Por otro lado, existen antecedentes judiciales de la empresa respecto a errores de facturación que dieron lugar a reclamaciones de deudas improcedentes. Por este motivo, resulta cuestionable incluir a clientes en ficheros directamente sin tratar de solucionar el conflicto previamente. Especialmente, sin dar un preaviso de la posibilidad de inclusión en los sistemas de solvencia, por la carga lesiva que supone para el consumidor.

 

Decisión del Juzgado

La jurisprudencia del Tribunal Supremo reitera en varias ocasiones cuál es el el objetivo de incluir sujetos en ficheros de morosos: evitar que personas sin solvencia patrimonial puedan contraer más obligaciones de las que pueden cumplir, bajo riesgo de impago. Por este motivo, resulta improcedente incluir a personas solventes, que no han incurrido anteriormente en impagos ni existe riesgo de ello. Además, no ha habido reclamación judicial de la deuda por parte de la empresa. No existen motivos fehacientes para determinar la insolvencia de los clientes. Es un medio de presión que ejerce la empresa para que los clientes cumplan las exigencias que considera legítimas, sin que acredite que lo son.

La presión efectuada a los clientes para el pago supone un comportamiento abusivo. Es una vulneración de los derechos de los consumidores, incluido el derecho al honor: menoscaba su prestigio y puede implicar la denegación de futuros créditos. Supone un incumplimiento de la finalidad legítima de los ficheros de solvencia patrimonial. El juez considera que el objetivo de los ficheros «ha de ser exclusivamente el de ofrecer a los usuarios de tales ficheros información sobre la solvencia de esas personas cuyos datos se han incluido, con el objeto de prevenir la morosidad». No corresponde incluir datos de clientes para incitar al pago de las deudas, ya que limita los derechos reconocidos al consumidor.

 

 

Sentencia: CENDOJ

Otras noticias de interés: El Servicio Público de Salud podrá fijar plazos de revisión médica inferiores a los indicados