La Agencia Tributaria ha anunciado la flexibilización de aplazamientos de pago de deudas con el objetivo de facilitar la liquidez de los contribuyentes. Concretamente, la Orden Ministerial amplía de 30.000 a 50.000 euros el límite exento de aportar garantías, lo que permitirá ofrecer más plazos de pago a los contribuyentes en una amplia variedad de situaciones. Estas medidas beneficiarán a más de 750.000 contribuyentes, tanto personas físicas como jurídicas.
Nuevos plazos para Flexibilización de aplazamientos de pago
La nueva instrucción de aplazamientos amplía los plazos máximos de pago para las solicitudes de tramitación automatizada, las cuales están exentas de aportar garantías. En el caso de personas físicas, los plazos máximos se elevan de 12 a 24 meses, mientras que para personas jurídicas pasan de 6 a 12 meses. Además, se amplía el perímetro de aplicación del sistema automatizado con exención de garantías de 30.000 a 50.000 euros, lo que significa que serán muchos más los casos en que el contribuyente se podrá beneficiar de una concesión casi instantánea de su aplazamiento.
Mejoras en garantías de aplazamientos
La flexibilización de los plazos de pago también afecta a los supuestos de solicitud de aplazamiento por encima de 50.000 euros y que, por tanto, requieren aportación de garantías. En estos casos, si se aporta un aval bancario o seguro de caución, los plazos máximos pasan de 36 a 60 meses. Si la garantía aportada es un inmueble urbano sin cargas, los plazos máximos se elevan de 24 a 36 meses. Además, se amplía de 48 a 60 meses el tope para supuestos excepcionales en que se pueden superar los plazos máximos generales establecidos, previa autorización.
Aceptación de garantías y responsabilidad
Se permitirá aceptar como garantía bienes inmuebles urbanos que tengan cargas previas siempre y cuando el importe supere el 115% de la deuda descontando dichas cargas. En la instrucción previa, esos bienes no se aceptaban como garantía. Por otro lado, la garantía aportada por un deudor principal, si es suficiente, beneficia igualmente a los declarados responsables por derivaciones de responsabilidad y a los coobligados al pago de la deuda.
Estas medidas entrarán en vigor a partir del 15 de abril de 2023 y buscan mejorar la situación financiera de los contribuyentes al ofrecer más flexibilidad en los plazos de pago de deudas con Hacienda.