Los Magistrados indican en el Auto que la medida está justificada porque se aplicará en zonas en las que aumenta el riesgo de transmisión del virus
El TSXG ha autorizado a la Xunta para exigir la presentación del certificado Covid para acceder a locales de ocio nocturno.
Los Magistrados indican en el Auto que la medida está justificada porque se aplicará en zonas en las que aumenta el riesgo de transmisión del virus, pues se trata de espacios cerrados con escasa renovación de aire.
Igualmente, destacan que se trata de “espacios de socialización, que favorecen la relajación de la atención necesaria para mantener las medidas individuales de prevención -uso de mascarilla y mantenimiento de la distancia de seguridad-, a lo que puede contribuir el consumo de alcohol”. Por otra parte, indican que el plan elaborado por la Xunta para el ocio nocturno establece dos niveles, con diferentes requisitos, a los que se pueden acoger los locales, de manera que ningún establecimiento se verá obligado a pedir el certificado, pues solo deberán requerirlo aquellos “favorecidos por una ampliación del aforo y de horario”.
No se trata de un sacrificio desproporcionado cuando la exhibición del certificado se exige para el desarrollo de una actividad de ocio donde la entrada al establecimiento es voluntaria.
Los jueces también se refieren al “contexto estacional” en el que nos encontramos, pues advierten que la temporada de invierno limitará el uso de terrazas y espacios al aire libre.
El TSXG señala en la resolución que acoge el criterio del Tribunal Supremo, que considera que la exhibición de determinada documentación para el acceso al interior de algunos establecimientos en los que se produce una gran afluencia de personas resulta “adecuada y acorde con las exigencias derivadas de protección de la salud».
Busca la resolución en nuestra base de datos: TOL8601796