El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha autorizado prorrogar la obligación de presentar el certificado COVID-19 de vacunación, recuperación o prueba diagnóstica negativa para visitar a los pacientes ingresados en centros hospitalarios yresidencias.
Consideran los Magistrados que la existencia relevante del riesgo dentro del territorio de Galicia justifica la medida. En el auto, además, destaca que las medidas son la forma “menos lesiva” de compatibilizar “la salvaguarda de la vida y la salud con el ejercicio de otros derechos como el de reunión o acceso a determinados espacios cerrados.
Los magistrados aseguran que las medidas propuestas por la Xunta conllevan “la restricción en grado mínimo de derechos fundamentales, un sacrificio tenue del derecho, en expresión de la sentencia del Tribunal Supremo nº 1112/2021, con relación a la fuerte salvaguarda que se pretende del derecho a la vida y a la salud”.
El TSJ advierte en el auto de que, si bien la situación epidemiológica de Galicia determina “un riesgo de transmisión del virus decreciente”, según el informe presentado por la Consellería de Sanidade, los valores continúan siendo elevados.