El artículo impugnado establece una nueva deducción autonómica en el IRPF por la obtención de subvenciones y/o ayudas para paliar el impacto provocado por la covid-19 en sectores especialmente afectados
El TC ha admitido a trámite el recurso presentado por el Gobierno contra el artículo 14 nonies del texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre, en la redacción dada por el artículo 39.ocho de la Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2021.
El Tribunal suspende la vigencia y aplicación del precepto impugnado desde la fecha de interposición del recurso (30 de septiembre de 2021) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el BOE, para los terceros.
Asimismo, acuerda dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado así como a la Junta General y al Consejo de Gobierno del Principado de Asturias para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimen convenientes.
El artículo impugnado establece una nueva deducción autonómica en el IRPF por la obtención de subvenciones y/o ayudas para paliar el impacto provocado por la covid-19 en sectores especialmente afectados por la pandemia. Si bien, el Gobierno alega que este precepto podría exceder las competencias del Principado e incumplir el régimen de cesión de tributos del Estado a las CC.AA.