El Consejo de Ministros, en su reunión de ayer, aprobó el indulto parcial de Juana Rivas, la madre granadina condenada a dos años y seis meses de prisión por un delito de sustracción e menores.
Los hechos son los siguientes: una noche se produjo un altercado entre el exmarido de la Sra. Rivas y ella, y según la sentencia, tanto Rivas como Arcuri presentaban daños por la pelea. Tras una aceptación de la denuncia de malos tratos por parte de Arcuri la pareja se reconcilió y se mudó a Italia. En el verano de 2017 Juana Rivas decidió coger a sus hijos y volver a España. Ocultó durante días a los niños de su padre asegurando que era víctima de malos tratos.
La concesión del indulto:
Esta medida, que supone una rebaja de la actual pena impuesta a Rivas por otra de prisión de un año y tres meses. Además, se le conmuta la pena de inhabilitación para ejercer la patria potestad por otra de trabajados en beneficio a la comunidad.
El indulto queda condicionado “a que no cometa el mismo delito por el que fue condenada en un plazo de cuatro años desde la publicación del decreto”.
El pasado 4 de noviembre, el pleno de la Sala de lo Penal se opuso de forma unánime a concederle la medida de gracia total a la madre granadina, lo que implicaría eximirla de toda la pena, pero no alcanzó un acuerdo mayoritario sobre el indulto parcial, la opción que apoyó la Fiscalía.
La finalidad del indulto, añaden las fuentes gubernamentales, es sobre todo evitar que Juana Rivas pierda la patria potestad de sus hijos “para que no pierda la custodia y pueda tener a sus hijos con ella”. Añaden que el motivo principal no era anular la condena de privación de libertad, puesto que la mujer ya disfrutaba del tercer grado penitenciario, un régimen de semilibertad.