Supone una intervención corporal coactiva, practicada al margen de la voluntad del ciudadano
El TC, en Pleno, ha acordado mantener la suspensión de lo dispuesto en la Ley de Salud de Galicia que faculta a las autoridades a imponer la vacunación obligatoria, a fin de controlar las enfermedades infecciosas transmisibles.
El Auto razona que la vacunación obligatoria no es una medida preventiva que aparezca en la Ley Orgánica 3/1986, de Salud Pública. Supone una intervención corporal coactiva, practicada al margen de la voluntad del ciudadano.
El levantamiento de dicha suspensión podría provocar perjuicios que pueden resultar irreparables o de difícil reparación, en la medida en que la vacunación puede imponerse contra la voluntad del ciudadano.
Por el contrario, el Tribunal Constitucional sí levanta la suspensión que afecta al resto de lo dispuesto en el art. 38.2 de dicha Ley.