Los magistrados solicitan al TJUE que se pronuncie sobre si el criterio del INSS de denegar siempre el complemento a los hombres
El TSJ de Galicia ha planteado una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) relativa al pago del complemento de maternidad a los pensionistas.
En concreto, los magistrados solicitan al TJUE que se pronuncie sobre si el criterio del INSS de denegar siempre el complemento a los hombres y obligarlos a reclamar en vía judicial supone un incumplimiento administrativo, que, en sí mismo, constituiría una discriminación por razón de sexo.
El TSXG indica en el auto que esta es la duda fundamental que tiene sobre la interpretación de la normativa del Derecho de la UE.
Su respuesta condicionará la resolución de las siguientes dos cuestiones, cuya aclaración también solicita. En concreto, pide al TJUE que especifique la fecha en la que debe tener efecto el reconocimiento judicial del complemento, es decir, si tres meses antes de la presentación de la solicitud de cobro o si, por el contrario, debe retrotraerse a la fecha de la jubilación o a diciembre de 2019, fecha en la que el TJUE reconoció en una sentencia el derecho de los padres a percibir un aumento de la pensión por cada hijo.
Los Magistrados, igualmente, solicitan, en función de la respuesta a las dos cuestiones anteriores, que se dictamine si procede indemnizar a los afectados por los daños y perjuicios causados.
En noviembre de 2020 solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social el complemento de maternidad, consistente en el incremento de un 5 % de la prestación, el cual le fue denegado. Por ello, recurrió a la vía judicial.
El Juzgado de lo Social número 2 de Vigo, en primera instancia, entendió que se produjo un incumplimiento estrictamente normativo, por lo que le concedió la prestación al demandante desde la fecha de su solicitud, con una retroacción de tres meses, que es lo que establece la Ley General de la Seguridad Social para estos casos.
El afectado, sin embargo, recurrió ante el TSXG esa decisión al entender que le deben conceder el complemento de maternidad desde la fecha en la que le otorgaron la prestación debido a que ha sufrido, según su recurso, una discriminación por razón de sexo.
Por ahora, el TSXG ha acordado suspender su dictamen sobre el recurso presentado por un padre de dos hijos, quien tiene reconocida por sentencia, desde octubre de 2019, una prestación de incapacidad permanente absoluta.