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ACTUALIDAD JURÍDICA

Consultoría Tirant (Laboral): aplicación de la subida del SMI

By 11 octubre, 2021No Comments
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Pregunta:

Ante la subida del SMI a 965 € mensuales, nos surge la duda de como aplicarlo en el caso del convenio de detallistas de alimentación y establecimientos polivalentes tradicionales, charcuterías… de la provincia de Barcelona, ya que se establece un salario base, más un plus transporte que estarían por debajo de ese salario ¿Se podría absorber y compensar ese plus transporte con la subida del SMI?. En el convenio no se especifica si se trata o no de un complemento extrasalarial, pero se cobra una cantidad fija todos los meses. ¿Tendríamos que subir el salario base hasta el salario mínimo y luego sumarle el plus transporte o se podría absorber el importe del plus transporte para llegar al SMI?.
Respuesta:
En teoría al SMI habría que sumarle la cuantía del complemento al SMI. Eso ha sido lo que siempre ha dicho el TS. Lo que ocurre es que a día de hoy existe una sentencia de la Aundicencia Nacional que dice lo contrario. Es la Sentencia de la Audiencia Nacional de 24/05/2019, Rec. 57/2019,(TOL7.296.527 ) que viene a entender que, pese a lo expresamente pudiese interpretarse de la regulación reglamentaria, en el cómputo total del SMI hay que considerar lo que se viene percibiendo de Salario Base y Complementos Salariales sin que deba entenderse que respecto estos últimos no rige la compensación y absorción. De todas formas, lo más seguro es sumarlo.