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ACTUALIDAD JURÍDICA

Asociación de Fiscales | Recurso contra el Decreto del 4 de julio de 2022

By 23 agosto, 2022No Comments
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Recurso interpuesto por la Asociación de Fiscales contra el decreto de 4 julio de 2022

La Asociación de Fiscales (AF) ha presentado un recurso contra el decreto firmado el pasado 4 de julio, a través del cual se insta a los miembros del ministerio público a declarar si se desarrolla la labor de preparación para el acceso a la función pública. Es decir: insta a los miembros del ministerio a declarar si preparan o no a opositores.

Desde la AF se percibe innecesario y desproporcionado, pues no corresponde con la realidad. No supone una novedad, indican, puesto que esta obligación ya tenía reflejo normativo en el derogado reglamento de 1969.

Se entiende que el decreto es firmado con otra intención distinta que consiste en establecer una obligación que no aparece recogida en norma alguna. Por tanto, se teme que el objetivo real del decreto sea abrir camino a que se pueda imponer en el futuro nuevas obligaciones discrecionales del FGE de turno. Configurándose así un nuevo catalogo de obligaciones al margen del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del Reglamento de Desarrollo.

Competencia del Fiscal General del Estado

Por lo tanto, se trata de determinar, en definitiva, si el Fiscal General del Estado puede arrogarse competencias exclusivas del poder legislativo definidoras del estatuto del Ministerio Fiscal.

El recurso fue admitido a trámite por el Decreto del Letrado de la Administración de justicia de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid. Además, ha acordado recabar de la Fiscalía General el expediente administrativo.

«Manifiesta confusión» de la Inspección

El pasado viernes 12 de agosto, la Fiscal Jefe Inspectora dictó Decreto en el que se acuerda la remisión del expediente requerido de la resolución a las asociaciones fiscales UPF y APIF y así como a cada uno de los fiscales de España. Desde la Inspección se entienden interesados a la vista de las previsiones del artículo 4 de la Ley 39/2015 (Ley reguladora del Procedimiento Administrativo Común).

Desde la AF observa, de este modo, una «manifiesta confusión» entre la figura de interesado y la demandado, por parte de la Inspección. Parece entender la que todos los fiscales pudieran tener la condición de demandados por la Asociación de Fiscales, así como las dos asociaciones profesionales distintas a la recurrente.

Recurso de la Asociación de Fiscales

Desde la Asociación de Fiscales se hace hincapié en que no se demanda a toda la carrera ya que «no tiene ningún sentido en la medida en que con la interposición del recurso ha recogido el sentir mayoritario que se muestra contrario a la resolución de la Fiscalía General». Además, señalan que «La condición de codemandados, de carácter estrictamente procesal se lo otorga la propia Fiscalía General, a través de la Inspección».

Para terminar, en el recurso se insta a la aplicación de la medida cautelar de suspensión de la obligación de declarar para aquellos que no desarrollen la actividad mencionada en el decreto, que estipula que la declaración deberá cumplimentarse antes del 30 de septiembre.