La Sala de lo Social del TSJCV ha anulado la sentencia por la que el Juzgado de lo Social 5 de Alicante declaró que la Conselleria de Sanidad había incumplido la normativa de prevención de riesgos laborales, generando un grave riesgo a la seguridad y salud de los facultativos sanitarios de la provincia de Alicante pertenecientes al sindicato médico CESM-CV (excepto de los partidos judiciales de Benidorm y Elche) al inicio de la pandemia por Covid-19. Asimismo, condenó a la Conselleria a suministrar y proveer de EPIS necesarios y remitió a los sanitarios afectados a reclamar en la jurisdicción Contencioso-Administrativo la responsabilidad patrimonial generada por un anormal funcionamiento de la Administración.
El TSJCV decreta la nulidad de las actuaciones y retrotrae el procedimiento al momento de la admisión a trámite de la demanda de CESM, a fin de que el Juzgado de lo Social requiera a este sindicato para que «concrete su demanda, identificando y cuantificando los daños y perjuicios concretos reclamados tanto por el sindicato demandante como por cada uno de los trabajadores en cuyo nombre e interés actúa».
La resolución de la Sala de lo Social del TSJCV, por tanto, al declarar la nulidad de las actuaciones, no entra a conocer «los demás motivos de recurso formulados» por las partes y que «se refieren al fondo del asunto».
Fuente: CGPJ