Mejorará la eficiencia administrativa, incrementará la transparencia, garantizará servicios digitales fácilmente utilizables y mejorará la seguridad jurídica
TOL8.372.179
¿Cuáles son sus objetivos?
- Mejorar la eficiencia administrativa
Se desarrolla y concreta el empleo de los medios electrónicos establecidos en la LPAC y en la LRGSP para garantizar que los procedimientos administrativos se tramiten electrónicamente por la Administración y que la ciudadanía se relacione con ella por estos medios en los supuestos en que sea establecido con carácter obligatorio o aquellos lo decidan voluntariamente.
- Incrementar la transparencia y la participación
Se desarrolla el funcionamiento del Punto de Acceso General electrónico (PAGe), y la Carpeta ciudadana en el Sector Público Estatal.
- Garantizar servicios digitales fácilmente utilizables
- Mejorar la seguridad jurídica
Se elimina así la superposición de regímenes jurídicos distintos.
Con la aprobación del Reglamento se cumple las medidas para la transformación digital del sector público incluida en la Agenda España Digital 2025 y con uno de los cambios que se contemplan en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia para el primer semestre del año.
El Reglamento, por supuesto, tiene un impacto ambiental positivo. Reduce la huella de carbono eliminado la utilización masiva de papel, de impresión láser y de logística.
¿Cuál es el contenido?
El Real Decreto consta de un artículo único que aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y cinco disposiciones finales.
¿Qué se verá afectado?
- Modificaciones:
El artículo 9, el párrafo a) del artículo 11.3, los artículos 14, 16 a 18, la disposición adicional primera y el anexo del RD 4/2010 por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración electrónica y el párrafo segundo de la letra d) y la letra g) del apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto 931/2017 por el que se regula la memoria del análisis de impacto normativo.
- Supresiones:
Las DA tercera y cuarta del RD 4/2010 por el que se regula el esquema nacional de interoperabilidad en el ámbito de la Administración electrónica.
- Derogaciones:
El RD 1671/2009, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos (vid. Disposición Derogatoria única):
Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este real decreto y, en concreto, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.