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Proyecto de Ley Concursal

By 23 diciembre, 2021 No Comments
Denegada homologación al título

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal

 

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal.

Objetivos del proyecto:

Tiene como finalidad la transposición de la Directiva europea de reestructuración e insolvencia, e introduce otras reformas en el ámbito concursal para disponer de instrumentos que mejoren los procedimientos de insolvencia y faciliten el mantenimiento de empresas viables.

Se trata de un texto dirigido a garantizar que las empresas viables que se hallen en dificultades financieras tengan acceso a un procedimiento efectivo de reestructuración preventiva que les permita continuar su actividad; que los empresarios o personas físicas insolventes puedan ver exoneradas sus deudas después de un periodo de tiempo razonable, favoreciendo la segunda oportunidad; y que el procedimiento concursal incremente su eficiencia reduciendo, entre otros factores, su duración.

El proyecto de Ley presta especial atención a las microempresas, que dispondrán de un procedimiento específicamente adaptado a sus necesidades y características.

Planes de reestructuración:

Los planes de reestructuración, que sustituyen a los actuales acuerdos de refinanciación, son uno de los elementos centrales de la Directiva de insolvencia y de la reforma de la Ley Concursal para facilitar que las empresas deudoras viables dispongan de un instrumento eficaz para evitar la insolvencia o salir de ella.

Segunda oportunidad:

Se reforma el procedimiento de segunda oportunidad, dirigido a personas físicas y autónomos en concurso, con el objetivo de incentivar a los beneficiarios a continuar con su actividad laboral o empresarial.

Modificación en la LOPJ:

Se entiende que resulta imprescindible descargar de competencias a los juzgados mercantiles y a las secciones especializadas de las AP. Estas medidas requieren la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por lo que se presenta una segunda reforma, como Ley Orgánica, complementaria a la de la Ley Concursal.

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