El TC ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad que planteó la Sala de lo Contencioso del TSJA relacionada con los artículos 10-13 de la Ley 4/2020, de 24 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se adoptan medidas extraordinarias para el impulso económico y social aragonés.
El TC, una vez admitido el recurso, acuerda dar traslado de las actuaciones al Congreso, al Senado, al Gobierno, a la FGE así como a las Cortes de Aragón para que se personen en el proceso y, en su caso, formulen las alegaciones que convengan.
Igualmente, el TC comunica a la Sala precitada dicho trámite con el fin de que permanezca el procedimiento en suspenso hasta que el TC resuelva de forma definitiva la cuestión.
El órgano judicial autonómico considera que los mencionados preceptos pueden entrar en contradicción con lo dispuesto en el art. 28.1 CE (derecho a la libertad sindical, en su vertiente de negociación colectiva), porque la AAPP no convocó a la Mesa de Negociación.