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El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido objeto de controversia en los últimos años en el ámbito legal y financiero. Se ha cuestionado su validez como tipo de interés remuneratorio en los préstamos hipotecarios y su posible carácter abusivo. En este artículo, exploraremos la evolución del IRPH y el impacto de la reciente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 13 de julio de 2023 en este asunto. En este sentido, planteamos también dar respuesta a la abusividad o legitimidad de las cláusulas de interés remuneratorio vinculadas al IRPH.
El IRPH y su Origen
El IRPH, o Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios, se estableció como un tipo de referencia oficial para calcular el interés remuneratorio en los préstamos hipotecarios. Su origen se remonta a la Orden de 5 de mayo de 1994, la cual habilitó al Banco de España para definir una serie de índices o tipos de interés oficiales que podrían ser utilizados por las entidades de crédito en préstamos hipotecarios a interés variable. Estos índices, incluyendo el IRPH, se publicarían mensualmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
El IRPH se definía como la media simple de los tipos de interés medios ponderados por los principales de las operaciones de préstamo con garantía hipotecaria de plazo igual o superior a tres años para adquisición de vivienda libre. Durante su evolución, el IRPH pasó a regularse en la Orden de 28 de octubre de 2011 y la Circular 5/2012 del Banco de España. Sin embargo, el IRPH-Cajas y el IRPH-Bancos dejaron de considerarse tipos de referencia oficiales para nuevas operaciones a partir del 29 de abril de 2012, aunque siguieron aplicándose transitoriamente en préstamos existentes.
La Sentencia del TJUE y su Impacto
La Sentencia del TJUE del 13 de julio de 2023 ha generado un intenso debate en torno a la validez de las cláusulas de interés remuneratorio vinculadas al IRPH. Sin embargo, es esencial destacar que esta sentencia no declara automáticamente que estas cláusulas sean abusivas por sí mismas. En cambio, proporciona criterios de valoración para decidir en cada caso si una cláusula puede considerarse abusiva. Estos criterios se centran en aspectos como la transparencia, la información previa y el contenido de la cláusula.
La Importancia de la Transparencia
Uno de los principales puntos de enfoque en el debate sobre el IRPH es la transparencia en la contratación. La normativa establece un principio de transparencia que requiere que las entidades financieras informen de manera clara, inteligible y comprensible sobre la definición del índice financiero, los momentos en que se producirán variaciones en el tipo de interés y la publicidad de los valores del índice de referencia.
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La reciente sentencia del TJUE establece criterios para evaluar la validez de las cláusulas vinculadas al IRPH. Si bien esta sentencia no declara automáticamente su abusividad, su impacto continúa siendo objeto de debate en el ámbito legal y financiero.
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