La Agencia Española de Protección de Datos se pronuncia sobre una difusión de imágenes obtenidas a través de un puesto de videovigilancia. [TOL9.637.762]
La AEPD ha impuesto una multa de 10.000 euros a un vigilante de seguridad que trabajaba en el Centro Penitenciario de Navalcarnero. El motivo de la sanción fue el hecho de que el vigilante grabó con su teléfono móvil imágenes del sistema de videovigilancia de la prisión y las compartió en un grupo de WhatsApp.
El vigilante registró imágenes de una mujer que estaba de visita, y posteriormente las compartió en un chat. Dicha información llegó a manos de la afectada, por lo que presentó una reclamación ante la AEPD. En la misma, incluyó informes de las fuerzas y cuerpos de seguridad y una captura de pantalla del chat de WhatsApp donde se difundieron las imágenes.
Violación del art. 6 del RGPD
La reclamante considera que los hechos constituyen una violación del artículo 6 del Reglamento General de Protección de Datos. Dicho artículo establece una serie de supuestos en los que se permite el tratamiento de datos, como el consentimiento, la protección de los intereses legítimos del interesado, etc. En el presente caso no se cumple ninguno de los supuestos.
El artículo 22 de la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales establece la posibilidad de utilizar sistemas de videovigilancia con el fin de preservar la seguridad de las personas, bienes e instalaciones. Sin embargo, el tratamiento de imágenes captadas por estos sistemas está sujeto a la normativa de protección de datos, ya que la imagen física de una persona se considera un dato personal.
Por los motivos mencionados, la Agencia ha impuesto una multa de 10.000 euros al vigilante de seguridad, en virtud de lo dispuesto por el artículo 83.5 RGPD. Para la determinación de la cuantía se ha considerado la gravedad de sus actos y la intencionalidad de su actuación al aprovecharse de su posición y acceso a las imágenes para capturarlas y difundirlas. Sin embargo, podría haber llegado a 20.000 euros.
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