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ACTUALIDAD JURÍDICA

TS estima reclamación de cantidad de seguro de vida por no corresponder las patologías no declaradas con la causa de la muerte 

By 4 julio, 2023No Comments
seguro de vida

Sentencia confirma la demanda de cumplimiento contractual y reclamación de cantidad contra Bankia Mapfre Vida por seguro de vida. [TOL9.617.105]

En una reciente resolución, el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia contra Bankia Mapfre Vida, en la que se ejercitaba una acción de cumplimiento contractual y reclamación de cantidad basada en un seguro de vida suscrito por el difunto esposo de la actora. El seguro se estableció como garantía en caso de muerte por cualquier causa, con un capital asegurado de 12.000 euros.

La disputa se centra en que el fallecido no comunicó la existencia de enfermedades o patologías previas en el momento de contratar el seguro.
La aseguradora alegó que dichas omisiones contravenían v las condiciones de la póliza y el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS).

Ante tal situación, la aseguradora se negó a pagar tras el fallecimiento del marido. Por ello, la esposa demandó a la entidad ante el juzgado de primera instancia, el cual estimó sus pretensiones, del mismo modo que lo hizo posteriormente la Audiencia Provincial.

Las patologías no corresponden con la causa de la muerte

El motivo de la estimación de la demanda fue que las patologías no reveladas en el contrato de seguro no tenían relación directa con la causa de la muerte. Algunas de ellas eran la hipertensión arterial, el ictus, la dislipemia, la diabetes, la hipertrofia de próstata y el síndrome de apnea del sueño. La causa del fallecimiento fue debido a un síndrome mielodisplásico diagnosticado posteriormente. Por lo tanto, consideraron que la omisión de estas enfermedades en el cuestionario de salud no justificaba la aplicación del artículo 10 de la LCS.

Ante la estimación, la demandada interpuso recurso de casación por existencia de jurisprudencia contradictoria, argumenta que el tomador del seguro debería ser considerado culpable o con dolo al no revelar enfermedades relevantes para la valoración del riesgo, incluso si estas no eran la causa directa de su fallecimiento.

No obstante, el Tribunal Supremo rechaza el recurso de casación y confirma la sentencia. La propia doctrina del Supremo establece que la relevancia de la relación causal entre lo omitido en el cuestionario y el riesgo cubierto requiere que el tomador del seguro silencie u oculte datos relevantes para la valoración del riesgo y causalmente relacionados con el siniestro. En este caso, no se encontró tal relación causal.

Con esta decisión, se confirma que la entidad aseguradora deberá cumplir con el contrato de seguro y pagar la cantidad reclamada.