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ACTUALIDAD JURÍDICA

Acceso sin autorización judicial a datos médicos

By 30 diciembre, 2022No Comments
Anciano condenado

 

Los Magistrados ponen de manifiesto la necesidad de contar con autorización del paciente o con autoridad judicial cuando los datos no estén anonimizados.

El Tribunal Supremo anula la condena al considerar que la Guardia Civil accedió sin autorización judicial a datos médicos utilizados en la investigación. El hombre estaba condenado a 9 años de prisión por delitos de robo y lesiones. De este modo, los magistrados, al considerar que la Guardia Civil accedió, sin su consentimiento y sin autorización judicial, a datos médicos, de donde extrajo la identidad y el número de teléfono que permitió vincularlo con los hechos por los que fue condenado, anula la condena pues estor habían accedido sin la pertinente autorización judicial.

Por tanto, la Sala estima parcialmente el recurso de casación y anula la condena que le impuso la Audiencia Provincial de Alicante.

Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante

La Audiencia Provincial de Alicante le impuso la condena por un delito de robo con violencia en casa habitada, con uso de arma y los agravantes de disfraz y reincidencia. Un delito de robo con fuerza en casa habitada, dos delitos de lesiones y un delito leve de lesiones. La pena fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Junto a él, se condenó a otras tres personas por robos en diversas localidades de la Comunidad Valenciana.

Recurso por realizar la actuación sin autorización judicial

La defensa alegaba que en caso de que la Guardia Civil no hubiera obtenido aquel informe médico no habrían podido encontrarle. Por tanto, sin ese informe, con datos personales privados, no hubiera dispuesto de ningún dato sobre su identidad.

Los dos tribunales valencianos consideraron que la vulneración era ínfima, de tal forma que no era necesaria ninguna resolución judicial.

El Tribunal Supremo, sin embargo, precisa que la ley interna española, de conformidad con las posibilidades otorgadas por el ordenamiento comunitario, impone que exista una autorización judicial y que esté específicamente dirigida a un procedimiento de investigación concreto, cuando se pretendan los datos clínico-asistenciales correspondientes a un determinado e identificado individuo.

Por ello la Sala anula la actuación policial de investigación debido a que los agentes policiales «accedieron a los datos recogidos en el historial médico hospitalario, obteniendo la identidad y los datos de incriminación que llevan a su condena».