La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió acción de inconstitucionalidad en la que solicitó la invalidez de preceptos normativos de la Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestación de los Servicios Públicos de la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ciudad Valles, San Luis Potosí.
En la misma se establecen como preceptos constitucionales y convencionales violados los artículos 1 y 6, Apartado, fracción III de la Constitución General; 1, 13 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 2, 19 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Al respecto, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez del artículo 23, fracción I, IV y V de la Ley de Cuotas y Tarifas para la Prestación de los Servicios Públicos de la Dirección de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Ciudad Valles, San Luis Potosí.
La sentencia, se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.tirantonline.com.mx/tolmex/documento/show/1790058