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ACTUALIDAD JURÍDICA

Reforma constitucional en materia de fuero

By 19 febrero, 2021No Comments

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se declaran reformados dos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de fuero.

Por medio del mismo se reforman el segundo párrafo del artículo 108 y cuarto párrafo del artículo 111, ambos de la Constitución General, para quedar como sigue:

Artículo 108

Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana.

Artículo 111

Para proceder penalmente contra el Presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.

El Decreto se encuentra disponible en el siguiente enlace: https://www.tirantonline.com.mx/tolmex/documento/show/1789355