La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resolvió no suspender en el municipio de Huixquilucan, Estado de México, la implementación de la Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV2, establecida en el Acuerdo emitido por la Secretaría de Salud Federal.
El Presidente municipal del referido municipio, planteó controversia constitucional a fin de suspender la implementación de la Política Nacional de Vacunación; al respecto, la Segunda Sala advirtió que el propósito de la solicitud de suspensión no versó en preservar derechos de los habitantes del municipio, sino en que pueda comprar o adquirir mediante acuerdo de coordinación la vacuna contra el virus SARS-CoV2.
Asimismo, la Sala concluyó que el objetivo del Acuerdo es que las autoridades sanitarias estatales, sean quienes coadyuven en la implementación de la política de vacunación, y no los municipios.