La Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió los Lineamientos del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, para la transferencia de bienes asegurados, abandonados y decomisados en procedimientos penales federales.
Los referidos Lineamientos tienen por objeto establecer los criterios que se adoptarán por parte del Instituto para la transferencia de los bienes a los que se refieren los artículos 40 del Código Penal Federal y 229, 231, 246 y 250 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Mediante la entrada en vigor de los mismos, se abrogan los Lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la transferencia de bienes asegurados que se indican por parte de la Procuraduría General de la República (12/07/05), así como los Lineamientos del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes para la Transferencia de bienes asegurados y decomisados en procedimientos penales federales (13/01/06).
A través de los mismos, se establece lo siguiente:
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Lo que se debe establecer en el expediente;
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Situaciones por caso fortuito y fuerza mayor;
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Dictámenes de la autoridad coordinadoras;
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Recepción física de los bienes;
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Entre otros.