Se impulsó iniciativa a fin de tipificar el delito de reclutamiento con fines de explotación de menores de dieciocho años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender o resistir el significado del hecho, e imponer de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa.
Las reformas versan sobre las leyes General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos y de la Federal contra la Delincuencia Organizada.
La iniciativa a su vez plantea con pena de 10 a 20 años de prisión y de un mil a 20 mil días multa, a quien utilice a personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, en cualquiera de las actividades delictivas señaladas en el artículo 2º de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (terrorismo, acopio y tráfico de armas, de personas y de órganos, así como corrupción de personas menores de dieciocho años, entre otros).
Los cambios al inciso a) de la fracción I del artículo 4 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, son para aplicar pena de veinte a cuarenta años de prisión y de quinientos a veinticinco mil días multa, al miembro de la delincuencia organizada que haya sido servidor público de alguna corporación policial.
La iniciativa fue turnada a las comisiones unidad de Derechos Humanos y de Justicia, para dictamen.